Los modelos de regulación de los mercados de valores se construyen sobre la base de la combinación de dos fuentes la regulación: la regulación, en sentido estricto, emanada del Estado, en el que se incluye normalmente a un órgano especial con facultad reglamentaria (regulación heterónoma); y la llamada autorregulación, representada por un conjunto de normas emanadas de una serie de organizaciones de autorregulación, formadas por los propios operadores del mercado, dentro de las que se encuentran las bolsa de valores (regulación autónoma). La diferencia entre los modelos regulatorios radica principalmente, en la forma como estas fuentes se relacionan en grado de importancia.
El modelo de regulación se ve complementado con lo que podríamos llamar un modelo de supervisión y control de los mercados de valores el cual se desarrolla paralelamente al primero. El modelo de supervisión y control se construye o forma de la combinación entre la supervisión estatal de los mercados (generalmente encargada a un órgano especial, con facultad de control, que es el mismo órgano con facultad reglamentaria antes mencionado, las llamadas Comisiones Nacionales de Valores); y la ejercida por las organizaciones de autorregulación, dentro de las cuales las bolsas de valores juegan un papel de sustancial importancia.
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