11 de julio de 2016

PRINCIPALES MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE HECHOS DE IMPORTANCIA E INFORMACIÓN QUE DEBE CONOCER LAS EMPRESAS QUE SE ENCUENTRAN EN EL MERCADO DE VALORES

Aprueban mediante Resolución SMV N° 015-2016-SMV/01 (en adelante, la “Resolución”) modificaciones varias al Reglamento de Hechos de Importancia e Información Reservada (aprobado por Resolución N° 005-2014-SMV/01): El Reglamento de Hechos de Importancia e Información Reservada (en adelante, el “RHI”) establece un régimen aplicable para el envío de hechos de importancia e información reservada por parte de los emisores, e incluye un listado enunciativo de hechos de importancia a ser considerados por los emisores al enviar información a la Superintendencia del Mercado de Valores (en adelante, la “SMV”), a las bolsas de valores o al responsable del mecanismo centralizado de negociación respectivo en el que se hallen inscritos los valores mobiliarios. 

Una de las modificaciones más importantes establecidas por la Resolución al RHI es la incorporación de la obligación de revelar la posición mensual de los emisores en contratos de derivados financieros, al ser dicha información de utilidad para conocer la cobertura monetaria de las empresas. Desde ahora el emisor deberá evaluar si cuenta con algún instrumento financiero derivado que se encuentre en los dos supuestos establecidos por la norma, para determinar si tiene la obligación de remitir como hecho de importancia la posición mensual de sus instrumentos financieros derivados.

Asimismo, la Resolución brinda mayor flexibilidad al emisor para aprobar las normas internas de conducta para el cumplimiento efectivo de lo establecido en el RHI y que se encuentre acorde con su estructura organizacional. Por ello, ahora el Directorio del emisor debe aprobar las Normas Internas de Conducta, las cuales deben incluir los procedimientos internos y todo lo necesario para asegurar el cumplimiento de la obligación de informar sobre los hechos de importancia. 

Finalmente, la Resolución establece que el Gerente General puede, en cualquier momento, ejercer las funciones del Representante Bursátil del Emisor.