25 de mayo de 2011

MERCADO DE FUTUROS Y OPCIONES (DERIVADOS FINANCIEROS)

El mercado de futuros y opciones es un mercado oficial, distinguiéndose los mercados de renta fija y de renta variable, de ámbito nacional e internacional, sobre instrumentos representados por anotaciones en cuenta.

La autorización para la creación de mercados de futuros y opciones corresponde a la CONASEV. La solicitud de autorización debe ir acompañada de una memoria y de los borradores de estatutos de la sociedad rectora y de reglamento del mercado, en el que se debe regular la condición de miembro del mercado, los derechos y obligaciones de los clientes, las órdenes y su procedimiento de ejecución, la documentación de las operaciones, la liquidación y sus garantías, las comisiones, el régimen de disciplina interna y los modelos de contratos que se vayan a negociar.

Los modelos de contratos debe determinar el valor subyacente, nominal, vencimiento, garantías y el precio y la fecha de liquidación. Una vez autorizado el reglamento tiene la naturaleza de norma de ordenamiento y disciplina del mercado. La modificación del reglamento requiere autorización ministerial, salvo en lo relativo a las modificaciones de las condiciones generales recogidos en los modelos de contrato, cuya competencia corresponde a la CONASEV, con informe previo del organismo rector del mercado en el que se negocien los valores subyacentes.

La negociación en mercados organizados de futuros y opciones, cuyo bien subyacente no sea financiero, se sujeta a la normatividad reguladora de los futuros y opciones financieras.