Mediante
Ley N° 30052 se ha aprobado la Ley de
Operaciones de Reporte que establece los requisitos y el régimen jurídico
aplicable a las operaciones financieras denominadas “Venta con Compromiso de
Recompra”, “Venta y Compra Simultáneas de Valores” y “Transferencia Temporal de
Valores”.
Las referidas operaciones implican la transferencia temporal de la propiedad de manera recíproca y simultánea, tanto de los “Valores” objeto de la operación, como de la suma de dinero o “Valores” que se otorgan a cambio. Las “Operaciones” implican la obligación de retornar la propiedad de dichos “Valores” a su titular original, o la obligación de readquirir la propiedad por parte de su titular original, según el tipo de “Operación” de que se trate; a cambio de la transferencia recíproca y simultánea de una suma de dinero determinada o determinable en función de una variable de mercado que puede incluir un interés, prima u otro, o a cambio de “Valores”.
Las normas reglamentarias deberán ser publicadas por la SBS y SMV dentro del plazo de 180 días, a cuyo vencimiento entrará en vigencia la presente Ley.
Las referidas operaciones implican la transferencia temporal de la propiedad de manera recíproca y simultánea, tanto de los “Valores” objeto de la operación, como de la suma de dinero o “Valores” que se otorgan a cambio. Las “Operaciones” implican la obligación de retornar la propiedad de dichos “Valores” a su titular original, o la obligación de readquirir la propiedad por parte de su titular original, según el tipo de “Operación” de que se trate; a cambio de la transferencia recíproca y simultánea de una suma de dinero determinada o determinable en función de una variable de mercado que puede incluir un interés, prima u otro, o a cambio de “Valores”.
Las normas reglamentarias deberán ser publicadas por la SBS y SMV dentro del plazo de 180 días, a cuyo vencimiento entrará en vigencia la presente Ley.
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