Aprueban mediante Resolución SMV N°
015-2016-SMV/01 (en adelante, la “Resolución”) modificaciones varias al
Reglamento de Hechos de Importancia e Información Reservada (aprobado
por Resolución N° 005-2014-SMV/01): El Reglamento de Hechos de Importancia e
Información Reservada (en adelante, el “RHI”) establece un régimen
aplicable para el envío de hechos de importancia e información reservada
por parte de los emisores, e incluye un listado enunciativo de hechos
de importancia a ser considerados por los emisores al enviar información
a la Superintendencia del Mercado de Valores (en adelante, la “SMV”), a
las bolsas de valores o al responsable del mecanismo centralizado de
negociación respectivo en el que se hallen inscritos los valores
mobiliarios.
Una de las modificaciones más
importantes establecidas por la Resolución al RHI es la incorporación de
la obligación de revelar la posición mensual de los emisores en
contratos de derivados financieros, al ser dicha información de utilidad
para conocer la cobertura monetaria de las empresas. Desde ahora el
emisor deberá evaluar si cuenta con algún instrumento financiero
derivado que se encuentre en los dos supuestos establecidos por la
norma, para determinar si tiene la obligación de remitir como hecho de
importancia la posición mensual de sus instrumentos financieros
derivados.
Asimismo, la Resolución brinda mayor
flexibilidad al emisor para aprobar las normas internas de conducta para
el cumplimiento efectivo de lo establecido en el RHI y que se encuentre
acorde con su estructura organizacional. Por ello, ahora el Directorio
del emisor debe aprobar las Normas Internas de Conducta, las cuales
deben incluir los procedimientos internos y todo lo necesario para
asegurar el cumplimiento de la obligación de informar sobre los hechos
de importancia.
Finalmente, la Resolución establece que
el Gerente General puede, en cualquier momento, ejercer las funciones
del Representante Bursátil del Emisor.
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