6 de octubre de 2011

OPERACIONES DEL MERCADO DE DEUDA PÚBLICA

Los valores emitidos por el Estado, representado por medio de anotaciones en cuenta se consideran de oficio admitidos a cotización en el mercado oficial de deuda pública. La distribución de estos valores utiliza la organización que proporciona el mercado en anotaciones en cuenta; se distribuyen como valores que van a cotizar de oficio en ese mercado secundario. Sirve para agrupar las operaciones de distribución de la deuda y las operaciones de mercado que tienen por objeto esos valores públicos.

La distribución de la deuda pública es un proceso que se simplifica en relación con los valores privados. Basta con la creación de la deuda y la formalización de los negocios de suscripción. Las emisiones de valores del estado no necesitan cumplir los requisitos de verificación administrativa de las emisiones. No requieren la verificación administrativa del prospecto y la documentación que la acompaña.

Las ordenes de los inversionistas de suscripción de deuda del Estado pueden dirigirse directamente a las entidades gestoras o a otras entidades financieras habilitadas para recibir las órdenes de suscripción.

Conviene distinguir entre la primera orden de suscripción de deuda pública que determina la apertura de la correspondiente cuenta de valores y las ordenes posteriores a dicha apertura. La primera orden se somete a rigurosas exigencias de forma relativas a la identificación del ordenante, de las cuales es posible prescindir en las órdenes nuevas.

Tradicionalmente, en banca se exige la adopción de medidas de identificación del sujeto que solicita la apertura de cuentas corrientes, en las que destaque la comprobación del domicilio y la verificación de la firma.  estas formalidades también se aplican a la apertura de las cuentas de valores, no sólo de las cuentas de deuda pública sino también a la apertura de las cuentas de valores privados. En el mercado de deuda pública las entidades gestoras están obligadas a la permanente identificación de sus comitentes, titulares de los valores. deben mantener actualizados los registros de valores de terceros, con identificación de sus titulares por nombres y apellidos, la razón social, número de identificación fiscal o tributaria y domicilio.

La distribución de la deuda del Estado se realiza mediante cobertura competitiva, oferta pública o mediante métodos análogos entre un número restringido de entidades autorizadas en la colocación de valores, que adquieren compromisos de aseguramiento de las emisión o de contrapartida en el mercado secundario.

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