Dentro de la actividad bancaria de cualquier sistema financiero, uno de mayor importancia es el contrato de cuenta corriente. Practicamente, podemos decir, que todos los productos, servicios bancarios y financieros son posibles de formalizar y brindarse, sobre la base de este tipo de contrato. Asi, esta relacion contractual entre el banco y sus clientes sirve para registrar las multiples y reiteradas relaciones comerciales o transacciones, lo que explica la importancia que tiene este contrato bancario, que no necesariamente tiene que operar con cheques.
En la literatura juridica bancaria podemos encontrar diversas definiciones de este contrato, y en su mayoria se limitan a señalar sus caracteristicas mas saltantes. Por ello, para buena parte de los autores el contrato de cuenta corriente bancario no es mas que un instrumento accesorio a un deposito irregular de dinero o a un contrato de apertura de credito, en relacion con cualquiera de los cuales la cuenta se limita a ser el sustento tecnico contable. En esta forma, para quienes lo vinculan al deposito irregular, parece ser igualmente accesoria la posibilidad de disponer por medio de cheques del credito nacido a favor del depositante. Para ellos, como consecuencia de lo anterior, el contrato es real: no se concibe ni se perfecciona sin la existencia de un deposito.
Otras acepciones al respecto encontramos que para algunos la cuenta corriente bancaria es aquella por la cual el banco se obliga a prestar un servicio de caja y a incorporar a una cuenta, todos los valores resultantes de las operaciones que realice en representacion o interes de su cliente, en virtud de ese servicio de caja y todas las demas operaciones que realice con el, que no tengan determinado por las leyes, por las reglamentaciones, por los usos bancarios, o de acuerdo de las partes, otro regimen diferente; manteniendola permanentemente catalizada y disponible su saldo.
Si bien ambas definiciones se distancian una de otra, debemos considerar que con el desarrollo de la actividad comercial se han requerido un cierto orden y registro contable de las transacciones.
Así surge desde el inicio de la actividad comercial la necesidad de llevar libros, registrar las transacciones y llevar una contabilidad.
Ahora, definir la naturaleza juridica de la cuenta corriente podemos señalar que es el instrumento tipico a traves del cual la banca se provee de recursos, partiendo claro esta desde una optica de la estructura operativa de los bancos que al hablar de su principal fuente de captacion llegamos al estudio del "deposito" en cuenta corriente.
En definitiva, este forma contractual. No es mas que un deposito irregular de dinero hecho por un cliente o de una apertura de credito a su favor, teniendo la facultad de disponer de su saldo mediante el giro de cheques o en otras formas previstas por la ley o convenidas con el banco.
En la literatura juridica bancaria podemos encontrar diversas definiciones de este contrato, y en su mayoria se limitan a señalar sus caracteristicas mas saltantes. Por ello, para buena parte de los autores el contrato de cuenta corriente bancario no es mas que un instrumento accesorio a un deposito irregular de dinero o a un contrato de apertura de credito, en relacion con cualquiera de los cuales la cuenta se limita a ser el sustento tecnico contable. En esta forma, para quienes lo vinculan al deposito irregular, parece ser igualmente accesoria la posibilidad de disponer por medio de cheques del credito nacido a favor del depositante. Para ellos, como consecuencia de lo anterior, el contrato es real: no se concibe ni se perfecciona sin la existencia de un deposito.
Otras acepciones al respecto encontramos que para algunos la cuenta corriente bancaria es aquella por la cual el banco se obliga a prestar un servicio de caja y a incorporar a una cuenta, todos los valores resultantes de las operaciones que realice en representacion o interes de su cliente, en virtud de ese servicio de caja y todas las demas operaciones que realice con el, que no tengan determinado por las leyes, por las reglamentaciones, por los usos bancarios, o de acuerdo de las partes, otro regimen diferente; manteniendola permanentemente catalizada y disponible su saldo.
Si bien ambas definiciones se distancian una de otra, debemos considerar que con el desarrollo de la actividad comercial se han requerido un cierto orden y registro contable de las transacciones.
Así surge desde el inicio de la actividad comercial la necesidad de llevar libros, registrar las transacciones y llevar una contabilidad.
Ahora, definir la naturaleza juridica de la cuenta corriente podemos señalar que es el instrumento tipico a traves del cual la banca se provee de recursos, partiendo claro esta desde una optica de la estructura operativa de los bancos que al hablar de su principal fuente de captacion llegamos al estudio del "deposito" en cuenta corriente.
En definitiva, este forma contractual. No es mas que un deposito irregular de dinero hecho por un cliente o de una apertura de credito a su favor, teniendo la facultad de disponer de su saldo mediante el giro de cheques o en otras formas previstas por la ley o convenidas con el banco.
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