Los primeros banqueros que realizaron una securitización (titulización) de sus deudas fueron los italianos Spindola y Grimaldi, que en el siglo XVI se libraron así de la bancarrota declarada por el Rey Felipe II.
En la Europa preindustrial ya existía lo que podríamos llamar un mercado de deuda, en el cual el prestamista no participa de las ganancias a que da derecho el capital, y que cuya mayor recompensa es que se le pague de acuerdo con las condiciones pactadas. En esas épocas, se podía diferenciar entre la actividad comercial y la agrícola. En el caso del comercio, la actividad era predominantemente comercial y el análisis de flujos de dinero no revestía ningún atisbo de confiabilidad, además de que los requerimientos de largo plazo empresarial eran escasos, por las características volátiles de las necesidades de financiamiento.
Por ello, la actividad de financiamiento no se dirigió a los comerciantes, sino que se concentró en el estado y los terratenientes, quienes tenían flujos de dinero de mayor confiabilidad y estabilidad, así como tenían necesidades de efectivo a largo plazo.
Con el transcurso del tiempo, la economía y el sistema económico se han ido desarrollando y evolucionan hacia nuevos tipos de negocios y transacciones. Este desarrollo se acentúa aun más en el mercado financiero, donde continuamente surgen nuevas variantes e innovaciones, ya sea en el aspecto del otorgamiento de financiamiento, como en el de nuevas propuestas para los inversores. Como consecuencia directa de estos cambios, surgen nuevos modelos contractuales, como por ejemplo el Leasing, Franchising, Fideicomiso, Factoring, Swap, Underwriting, Securitización de activos entre otros.
La Securitización (Titulización) tuvo sus orígenes en la década de los 70, como consecuencia de las alzas de interés en el otorgamiento de créditos y de la necesidad de las entidades financieras de reducir costos para la obtención de fondos. Por este motivo, muchos prestamos se transformaron en instrumentos negociables, a los que se denomino securitización de crédito. Así nacieron los títulos de deudas respaldados, es decir garantizados, por un activo real, como ser sobre prendas, sobre automotores, con garantía de facturas conformadas, hipotecas, etc. De ahí podemos decir que modernamente se inició en el mercado hipotecario norteamericano, con los Ginnie Maes y Fannie Maes, para intentar ampliar y agilizar el mercado.
El gobierno de los Estados Unidos creó un organismo que inicio el mercado de securitización en 1938 llamado Federal National Mortgage Association (FNMA), desarrollando un titulo garantizado por préstamos hipotecarios para viviendas; de esta manera se incentiva a las entidades financieras a otorgar ciertos tipos de préstamos hipotecarios que se financian con la emisión de títulos respaldados por dichas hipotecas y garantizados por el gobierno. Posteriormente se incorporan en la operatoria los bancos comerciales y las sociedades de ahorro y préstamos para la vivienda; en la actualidad existen entidades mayoristas dedicadas exclusivamente a la securitización.
Como puede observarse, la Securitización (Titulización) cobro auge, primero en los Estados Unidos, y luego en el resto del mundo. Sin embargo, cabe mencionar que dicho desarrollo se ha visto obstaculizado, e incluso impedido, en algunos países por cuestiones de adecuación de la legislación con el objeto de facilitar la realización de dichas operaciones, buscando el perfeccionamiento de las estructuras de titulización sin riesgos excesivos desde el punto de vista jurídico, registral, económico y tributario.
El termino “titulización” deviene de una simple conversión de un sustantivo (“titulo”) en un verbo. De igual manera, no existe en el Diccionario Webster de la Lengua Inglesa un vocablo llamado securitize o securitization. Lo que si existe en definitiva es el concepto subyacente a dichos términos: el convertir en título algo que no lo es (o que no lo es aún). De igual manera, en cada país recibe este mecanismo un término que se adecua al mercado. De este modo escuchamos securitización o bursatilización (México), titularización (Colombia y Argentina) y titulización (España y Perú).
Igualmente, el término “título nos lleva a pensar en la representación de un derecho sobre ese algo a través de una manifestación cartular, lo cual resulta una definición restringida, debiendo entenderse que dicha representación se expresará en un valor. En el significado extenso del término, queda entendido que dicho valor no necesariamente deberá contar con la característica de ser “mobiliario”, aunque dicha característica sea exigencia en mercados organizados de valores.
Esta conversión en un bien más fácilmente transable brinda beneficios económicos por reducir el riesgo de no poder hacer rápidamente líquidos a los valores. El término titulización de activos no representa más que la conversión de un activo (o potencial activo) en un valor. Obviamente, debido a la naturaleza financiera de los valores, los activos subyacentes deben ser generadores de flujos de efectivo.
Es así, como a través de titulización es posible transformar en efectivo activos fijos o de lenta rotación, o flujos cuyos ingresos se espera, a través de la emisión y colocación en el mercado de títulos homogéneos, respaldadas en un patrimonio autónomo constituido en la transferencia previa de aquellos.
El mecanismo, sin duda, es típicamente fiduciario, porque supone la transferencia de unos activos a un agente, para que con el respaldo del patrimonio conformado por ellos, emita papeles de deuda.
En definitiva, el concepto de titulización o securitización se podría definir como un mecanismo financiero que permite movilizar carteras de crédito relativamente líquidos, por medio de un vehículo legal, a través de la creación, emisión y colocación en el Mercado de Capitales de títulos valores, respaldados por el propio conjunto de activos que le dieron origen; básicamente es la afectación de un crédito a un título.
La razón por la cual las figuras de titulización de activos se vuelven cada vez más frecuentes en el mundo obedece a las mayores necesidades de financiamiento en mejores condiciones, aprovechando de cada vez mejores y más perfectas maneras de optimizar el uso de activos. Los tiempos en los cuales las personas recurren exclusivamente a la banca convencional para obtener fondos necesarios para el desarrollo de sus actividades actuales y futuras resultan ya lejanos. El mayor acceso al crédito no intermediario hace que la competencia por los fondos del público se vuelva tenaz, obligando a los bancos a pasar de la condición de meros prestamistas a estructuradotes de complejas figuras financieras que buscan maximizar el provecho que puedan obtener sus clientes del dinero recibido, actividad que les permitirá enfrentar la fuerte influencia de la desintermediación financiera. Ante tal situación, los bancos se han visto en la necesidad de sustituir aquellos ingresos perdidos por la especulación entre las tasas de interés de sus colocaciones y sus depósitos con la generación de servicios que provengan de la asesoría financiera a sus clientes. Ello ha dado vida a un nuevo tipo de banca: la Banca de Inversión.
En la Europa preindustrial ya existía lo que podríamos llamar un mercado de deuda, en el cual el prestamista no participa de las ganancias a que da derecho el capital, y que cuya mayor recompensa es que se le pague de acuerdo con las condiciones pactadas. En esas épocas, se podía diferenciar entre la actividad comercial y la agrícola. En el caso del comercio, la actividad era predominantemente comercial y el análisis de flujos de dinero no revestía ningún atisbo de confiabilidad, además de que los requerimientos de largo plazo empresarial eran escasos, por las características volátiles de las necesidades de financiamiento.
Por ello, la actividad de financiamiento no se dirigió a los comerciantes, sino que se concentró en el estado y los terratenientes, quienes tenían flujos de dinero de mayor confiabilidad y estabilidad, así como tenían necesidades de efectivo a largo plazo.
Con el transcurso del tiempo, la economía y el sistema económico se han ido desarrollando y evolucionan hacia nuevos tipos de negocios y transacciones. Este desarrollo se acentúa aun más en el mercado financiero, donde continuamente surgen nuevas variantes e innovaciones, ya sea en el aspecto del otorgamiento de financiamiento, como en el de nuevas propuestas para los inversores. Como consecuencia directa de estos cambios, surgen nuevos modelos contractuales, como por ejemplo el Leasing, Franchising, Fideicomiso, Factoring, Swap, Underwriting, Securitización de activos entre otros.
La Securitización (Titulización) tuvo sus orígenes en la década de los 70, como consecuencia de las alzas de interés en el otorgamiento de créditos y de la necesidad de las entidades financieras de reducir costos para la obtención de fondos. Por este motivo, muchos prestamos se transformaron en instrumentos negociables, a los que se denomino securitización de crédito. Así nacieron los títulos de deudas respaldados, es decir garantizados, por un activo real, como ser sobre prendas, sobre automotores, con garantía de facturas conformadas, hipotecas, etc. De ahí podemos decir que modernamente se inició en el mercado hipotecario norteamericano, con los Ginnie Maes y Fannie Maes, para intentar ampliar y agilizar el mercado.
El gobierno de los Estados Unidos creó un organismo que inicio el mercado de securitización en 1938 llamado Federal National Mortgage Association (FNMA), desarrollando un titulo garantizado por préstamos hipotecarios para viviendas; de esta manera se incentiva a las entidades financieras a otorgar ciertos tipos de préstamos hipotecarios que se financian con la emisión de títulos respaldados por dichas hipotecas y garantizados por el gobierno. Posteriormente se incorporan en la operatoria los bancos comerciales y las sociedades de ahorro y préstamos para la vivienda; en la actualidad existen entidades mayoristas dedicadas exclusivamente a la securitización.
Como puede observarse, la Securitización (Titulización) cobro auge, primero en los Estados Unidos, y luego en el resto del mundo. Sin embargo, cabe mencionar que dicho desarrollo se ha visto obstaculizado, e incluso impedido, en algunos países por cuestiones de adecuación de la legislación con el objeto de facilitar la realización de dichas operaciones, buscando el perfeccionamiento de las estructuras de titulización sin riesgos excesivos desde el punto de vista jurídico, registral, económico y tributario.
El termino “titulización” deviene de una simple conversión de un sustantivo (“titulo”) en un verbo. De igual manera, no existe en el Diccionario Webster de la Lengua Inglesa un vocablo llamado securitize o securitization. Lo que si existe en definitiva es el concepto subyacente a dichos términos: el convertir en título algo que no lo es (o que no lo es aún). De igual manera, en cada país recibe este mecanismo un término que se adecua al mercado. De este modo escuchamos securitización o bursatilización (México), titularización (Colombia y Argentina) y titulización (España y Perú).
Igualmente, el término “título nos lleva a pensar en la representación de un derecho sobre ese algo a través de una manifestación cartular, lo cual resulta una definición restringida, debiendo entenderse que dicha representación se expresará en un valor. En el significado extenso del término, queda entendido que dicho valor no necesariamente deberá contar con la característica de ser “mobiliario”, aunque dicha característica sea exigencia en mercados organizados de valores.
Esta conversión en un bien más fácilmente transable brinda beneficios económicos por reducir el riesgo de no poder hacer rápidamente líquidos a los valores. El término titulización de activos no representa más que la conversión de un activo (o potencial activo) en un valor. Obviamente, debido a la naturaleza financiera de los valores, los activos subyacentes deben ser generadores de flujos de efectivo.
Es así, como a través de titulización es posible transformar en efectivo activos fijos o de lenta rotación, o flujos cuyos ingresos se espera, a través de la emisión y colocación en el mercado de títulos homogéneos, respaldadas en un patrimonio autónomo constituido en la transferencia previa de aquellos.
El mecanismo, sin duda, es típicamente fiduciario, porque supone la transferencia de unos activos a un agente, para que con el respaldo del patrimonio conformado por ellos, emita papeles de deuda.
En definitiva, el concepto de titulización o securitización se podría definir como un mecanismo financiero que permite movilizar carteras de crédito relativamente líquidos, por medio de un vehículo legal, a través de la creación, emisión y colocación en el Mercado de Capitales de títulos valores, respaldados por el propio conjunto de activos que le dieron origen; básicamente es la afectación de un crédito a un título.
La razón por la cual las figuras de titulización de activos se vuelven cada vez más frecuentes en el mundo obedece a las mayores necesidades de financiamiento en mejores condiciones, aprovechando de cada vez mejores y más perfectas maneras de optimizar el uso de activos. Los tiempos en los cuales las personas recurren exclusivamente a la banca convencional para obtener fondos necesarios para el desarrollo de sus actividades actuales y futuras resultan ya lejanos. El mayor acceso al crédito no intermediario hace que la competencia por los fondos del público se vuelva tenaz, obligando a los bancos a pasar de la condición de meros prestamistas a estructuradotes de complejas figuras financieras que buscan maximizar el provecho que puedan obtener sus clientes del dinero recibido, actividad que les permitirá enfrentar la fuerte influencia de la desintermediación financiera. Ante tal situación, los bancos se han visto en la necesidad de sustituir aquellos ingresos perdidos por la especulación entre las tasas de interés de sus colocaciones y sus depósitos con la generación de servicios que provengan de la asesoría financiera a sus clientes. Ello ha dado vida a un nuevo tipo de banca: la Banca de Inversión.