16 de septiembre de 2015

FOMENTAN LA LIQUIDEZ E INTEGRACIÓN DEL MERCADO DE VALORES

Se han exonerado del Impuesto a la Renta (IR) hasta el 31 de diciembre de 2018, a las rentas provenientes de la enajenación de acciones y demás valores representativos de acciones que se realicen a través de un mecanismo centralizado de negociación supervisado por la Superintendencia de Mercado de Valores, bajo condiciones que se determinen en el Reglamento de la Ley N° 30341 y siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
  • En un periodo de 12 meses, el contribuyente y sus partes vinculadas no transfieran la propiedad del 10% o más del total de las acciones emitidas por la empresa o valores representativos de estas mediante una o varias operaciones simultaneas o sucesivas.
  • Se trate de acciones con presencia bursátil.
Las empresas que inscriban por primera vez sus acciones en el Registro de Valores de una Bolsa tendrán un plazo de 360 días calendario a partir de dicha fecha para que sus acciones cumplan con el requisito de presencia bursátil.

La Institución de Compensación y Liquidación de Valores o quien ejerza funciones similares efectuara la retención del IR en el momento de la compensación y liquidación de efectivo, salvo que el contribuyente o tercero autorizado le comunique que se trata de una enajenación exonerada. La responsabilidad solidaria de la Institución de Compensación y Liquidación de Valores alcanzará hasta el importe que estuviera obligada a retener el Impuesto a la Renta.

La exoneración se ha previsto mediante la Ley Nº 30341, que fomenta la liquidez y la integración del mercado de valores, la misma que entrará en vigencia a partir del día 1° de enero de 2016.